Tu navegador no soporta JavaScript!

Beneficios del trabajo registrado

trabajo registrado
4 mins de lectura

¿Qué es el trabajo registrado?

El trabajo registrado es la relación laboral que se establece entre una persona trabajadora y su empleador/a, cumpliendo con todos los requisitos impuestos por la normativa laboral vigente. Es obligación de la persona empleadora registrar a sus empleados que trabajen en relación de dependencia. Recordá: tu primer derecho es «estar en blanco».

El registrado o en blanco, te brinda ciertas garantías al momento de exigir el cumplimiento del resto de los derechos que te corresponden por trabajar para otra persona, ya que, si tu trabajo está registrado, el Estado sabe de la existencia de esta relación laboral entre empleador-empleado. En caso de que tengas algún problema de violación de derechos laborales, es el Estado quién oficiará de mediador entre tu empleador y vos.

¿Cuáles son los beneficios del trabajo registrado?

Es muy importante saber que el trabajo registrado no solo cambia tu situación económica en el presente, sino, también, la de tu futuro. Algunos de los beneficios del trabajo registrado son:

  • Obra social.
  • Asignaciones familiares.
  • Aportes jubilatorios.
  • Cobertura en caso de accidente de trabajo.
  • Seguro por desempleo. 

home

¿Qué hago si no estoy registrado en mi trabajo?

Como primera medida, podés exigirle a tu empleador que te registre, para eso podés utilizar el telegrama laboral, que es un servicio gratuito.

En caso de que tu empleador se niegue a registrarte, podés considerarte despedido. En este caso, el empleador deberá pagarte la indemnización más una suma monetaria en concepto de multa por tenerte en un trabajo no registrado. 

Además, podes hacer la denuncia en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social o llamando al al 0800-666-4100, opción 1 de Denuncias. La llamada es gratuita en todo el territorio nacional.

¿Si estoy a prueba no estoy registrado?

No. El período de prueba es parte del contrato laboral. Para tenerte a prueba, primero debe registrarte.

Salario

¿Qué otros derechos tengo por trabajar en relación de dependencia?

Una persona trabajadora tiene muchos derechos, entre ellos:

Lugar de trabajo seguro

Tener un trabajo registrado te brinda el derecho de un lugar seguro de trabajo, es decir, libre de peligros, y, además, obliga a tu empleador a contratar una ART (empresa Aseguradora de Riesgos de Trabajo) que resguardará tu salud en caso de que sufras algún accidente. El costo de esta ART corre por cuenta de tu empleador.

Jornada laboral máxima

Tu jornada laboral no podrá ser mayor a ocho (8) horas diarias o 48 horas semanales. Puede ser una carga horaria menor, pero nunca superior.

Sueldo anual complementario

Más conocido como aguinaldo. Consiste en un sueldo extra al año y se paga en dos cuotas, generalmente una cuota es con el sueldo de junio y la otra con el de diciembre.

Licencia por maternidad

Si estás embarazada, la licencia por maternidad es tu derecho y también una obligación, porque la ley prohíbe tu actividad laboral 30 días antes del parto y hasta 45 días después, sin excepción. Mientras estás bajo licencia, tenés derecho a que se te guarde tu puesto de trabajo. Una vez que te reincorpores, tenés derecho a dos pausas de media hora destinadas a lactancia.

Enfermedad

En caso de sufrir un accidente o enfermarte y no presentarte en tu lugar de trabajo, tenés derecho, por cierto tiempo, a gozar del pago de tu salario como si estuvieras en actividad. Este plazo lo determinará tu antigüedad en el puesto de trabajo. En caso de ser menor a cinco (5) años, tendrás derecho a percibir tu sueldo por tres meses, y si fuera superior, por seis.

Descanso y vacaciones pagas

Las vacaciones son un derecho, y consisten en la interrupción de tu actividad por un período determinado de tiempo en el cuál no dejarás de cobrar tu salario. La ley laboral establece plazos específicos para el descanso según la antigüedad que poseas en tu puesto: 

  1. a) menor a 5 años, 14 días corridos;
  2. b) mayor a 5 años, pero menor de 10, 21 días corridos;
  3. c) mayor de 10 años, pero menor de 20, 28 días corridos; y
  4. d) mayor a 20 años, 35 días corridos. Para el caso que no llegases a completar el tiempo mínimo requerido para tener vacaciones (la mitad de los días hábiles del año calendario) se te otorgará un día de descanso por cada 20 trabajados,

Accidentes y enfermedades profesionales

En caso de que contraigas una enfermedad o sufras una lesión en tu puesto de trabajo, la ley de trabajo prevé ciertas compensaciones económicas que estarán a cargo de la ART, así como también todos los gastos médicos que pueda ocasionarte la enfermedad.

Persona física y jurídica

Trabajo registrado – conclusiones

A la hora de comenzar en un nuevo puesto de trabajo, es muy importante conocer tus derechos, beneficios y obligaciones, así como también las de tu empleador.

En caso de que tengas dudas o no entiendas alguno de tus derechos, podes acercarte a la oficina del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social más cercano a tu domicilio. Allí, profesional idóneos te asesorarán y guiarán en el proceso de registro de empleo formal.